Reglamento Formaciones

Sobre las formaciones de Guía de la ANGM

Las formaciones de guías son desarrolladas por la Asociación Nacional de Guías de Montaña, ANGM Chile, a razón de sus objetivos definidos en su artículo número dos de sus estatutos vigentes. Corresponden a formaciones de especialización de guías de turismo para las disciplinas de trekking, montaña, alta montaña, escalada y esquí bajo el estándar internacional de la UIAGM, las Normas Chilenas del Instituto Nacional de Normalización (INN), y la legislación vigente: Ley 20.423 del 12.02.2010; Decreto nro. 19 del 31.01.2018; Resolución nro. 52 del 02.03.2021.

El estándar UIAGM/IFMGA en Chile

El año 2021 la ANGM comenzó el desarrollo de formaciones de guías de montaña bajo el estándar internacional de la UIAGM. Este proceso finalizó el año 2024 con la primera generación de guías de alta montaña formados íntegramente en Chile.

Durante el proceso desarrollado para que la ANGM sea en Chile el ente formador y certificador de la UIAGM/IFMGA fue apadrinada por la Asociación Argentina de Guías de Montaña, quienes acompañaron y guiaron con su experiencia el desarrollo del sistema formativo Chileno. Todo el proceso desarrollado, desde las mallas curriculares, la selección de instructores, la entrega de contenidos, y el proceso administrativo fue supervisado y aprobados por los veedores presentes en los distintos hitos del proceso, lo que incluyó que también durante el año 2023 y 2024 veedores de la mesa técnica de la UIAGM estuvieran presentes durante el desarrollo de los módulos para con ello complementar los informes de la AAGM.

Con ello Chile mediante la ANGM es el país 28 miembro de la UIAGM/IFMGA, el segundo en sudamérica con una membresía plena, y la Asociación Gremial Nacional de Guías de Montaña, ANGM - Chile, es el ente responsable de agrupar, representar, formar y certificar en Chile a los Guías de Alta Montaña bajo el estándar profesional de mayor reconocimiento internacional.

Sobre las certificaciones

La ANGM entrega una certificación nacional válida para el registro como guía especializado en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos de Sernatur para las clases Trekking, Montaña, Escalada, Esquí y Alta Montaña.

Además de una certificación internacional para los Guías de Alta Montaña que se certifiquen y se mantengan vigentes en la Asociación.

Proceso de obtención de las certificaciones ANGM:

  • Postulación: Envío de antecedentes, con especial énfasis en el currículum de postulación y el cumplimiento de certificaciones requeridas para cursar la formación.
  • Selección:
  • Evaluación documental: el currículum debe acreditar al menos un 80% de las actividades deportivas requeridas, además de cumplir con toda la documentación solicitada.
  • Prueba de ingreso: aprobación de los exámenes físicos, de resistencia y de conocimientos técnicos, según corresponda a la certificación.
  • Formación: Aprobación de los módulos teóricos en modalidad sincrónica, asincrónica y presencial. Participación y aprobación de los terrenos formativos y evaluativos.
  • Consolidación: ejecución de las prácticas profesionales establecidas para cada certificación.
  • Certificación: obtención de la certificación correspondiente, una vez aprobados todos los procesos de formación y consolidación, y habiendo cumplido con los requisitos administrativos (currículum de postulación completado al 100%, documentación al día, pagos, entre otros).

Dirección Técnica, la DT-ANGM

Es el órgano responsable de liderar el desarrollo formativo de los guías miembros de la ANGM. Ya sea por medio del desarrollo de formaciones propias, como impartidas mediante terceros.

Estructura de la Dirección Técnica

Director Técnico:

El responsable de conducir el área de los procesos relacionados a las formaciones y certificaciones, además de gestionar y revisar los contenidos de las distintas formaciones que realice la dirección. También verificará que los estándares de educación y la calidad de los instructores se mantengan según los requerimientos de la dirección técnica. También será la persona encargada de asignar las diversas funciones de cada uno de los instructores dentro de cada una de las formaciones que se estén realizando.

Comité Técnico:

Es el órgano asesor permanente del Directorio, conforme al Artículo 46° de los Estatutos de la ANGM AG. Su misión es asesorar al Director Técnico y al Directorio en la definición, ejecución, supervisión y evaluación de los estándares formativos, técnicos y de certificación de la Asociación. Sus atribuciones son de carácter propositivo y asesor; no tiene facultades de representación institucional ni de ejecución directa sin autorización expresa de los órganos competentes.

Conformación y participación La Comisión Técnica estará conformada por:

  • El Director Técnico ANGM, quien la preside y coordina.
  • Los Encargados por Disciplina de cada programa formativo vigente.

Requisitos para integrar la Comisión Técnica Podrán participar en la Comisión Técnica quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser Guía ANGM con certificación vigente acorde al proceso formativo que coordine, y encontrarse al día en sus obligaciones institucionales.
  • Contar con experiencia previa como instructor o coordinador en los módulos formativos ANGM o en procesos equivalentes de formación técnica o profesional.
  • Demostrar compromiso y disponibilidad para participar en las reuniones de planificación, evaluación y seguimiento de la Comisión Técnica.
  • Mantener una conducta profesional y ética acorde a los valores y lineamientos de la ANGM.

Los requisitos de integración, el régimen de nombramiento y cesación de funciones, las atribuciones y el protocolo de comunicaciones del Comité Técnico se rigen por el Reglamento Interno y Protocolo de Comunicaciones del Comité Técnico ANGM (versión vigente).

Instructores:

Serán las personas encargadas de entregar el conocimiento técnico y específico en montaña.

Deberán ser guías con certificación UIAGM/ANGM en alta montaña, y/o ANGM en roca, esquí, montaña y/o trekking, que se encuentren con sus obligaciones sociales al día, y que manifiesten su intención en formar parte del grupo de instructores, debiendo cumplir además con los requisitos específicos definidos para cada formación. Las formaciones que desarrollará cada instructor será designada por el Comité Técnico de la Asociación, quienes serán los encargados de la selección y distribución de los roles de los instructores en los distintos módulos formativos que desarrolle la Asociación Nacional de Guías de Montaña.

Estos serán contratados por la institución para ejercer sus labores mediante un “contrato a honorarios” o un “contrato por obra o faena”, y sus honorarios son estándares para todo el cuerpo de instructores, sin distinción.

Los instructores deberán ejecutar el programa formativo según las directrices del director técnico de la ANGM y lo estipulado en el contrato de trabajo.

Los instructores deberán, en todo momento, realizar todas las prácticas, priorizando la seguridad suya y de sus alumnos, sin exponerse a peligros.

Los instructores serán fundamentales para un correcto desarrollo de los contenidos, tendrán que enseñar y a la vez evaluar a los alumnos, además de retroalimentar al director técnico sobre las diferentes situaciones que se desarrollen en la formación.

Requisitos para ser parte del cuerpo de instructores

Los instructores serán seleccionados de acuerdo a sus competencias y/o habilidades, además de que dependerá del módulo en el que participarán. Los requisitos mínimos para poder ser instructor serán los siguientes:

Instructor para el Programa de Guía de Alta Montaña UIAGM/ANGM; Guía de Roca ANGM; Guía de Esquí ANGM)

  • Ser Guía de Alta Montaña UIAGM con al menos 3 años de experiencia comprobada.
  • Contar con curso de Instructor UIAGM o haber participado en procesos formativos de la UIAGM o contar con el módulo de pedagogía de la ANGM.
  • Para los módulos de esquí, se podrá contar con la participación de instructores especializados de esquí sin necesidad de que sean Guías UIAGM.
  • Se privilegiará la selección de instructores que sean miembros activos de la Asociación y que hayan manifestado su interés de ser parte del cuerpo de instructores en el llamado anual que realiza la Dirección Técnica.

Para los módulos de esquí, las clases de nivología requerirán la presencia de un instructor AAA, de la American Avalanche Association, para que pueda entregar a su vez los certificados asociados a los niveles que se requieran.

Instructor para el programa de Guías de Montaña ANGM

  • Ser guía ANGM, con al menos 2 años de experiencia.
  • Haber realizado algún curso de instructor o contar con el módulo de pedagogía de la ANGM.
  • Se privilegiará la selección de instructores que sean miembros activos de la Asociación y que hayan manifestado su interés de ser parte del cuerpo de instructores en el llamado anual que realiza la Dirección Técnica.

Instructor para el programa de Guía de Trekking ANGM

  • Ser guía ANGM, con al menos 2 años de experiencia.
  • Haber realizado algún curso de instructor o contar con el módulo de pedagogía de la ANGM.
  • Se privilegiará la selección de instructores que sean miembros activos de la Asociación y que hayan manifestado su interés de ser parte del cuerpo de instructores en el llamado anual que realiza la Dirección Técnica.

Relatores

En las mallas formativas que se consideren temáticas asociadas y relevantes para la formación integral del guía se considera la participación de “relatores”. Quienes no necesariamente son guías si no que son profesores o expertos en materias específicas externos a la asociación, quienes estarán a cargo de dar las charlas, cursos, y/o materias de su especialidad requeridas en cada formación. Algunos de estos ejemplos son: geología, biología, nivología y meteorología.

Proceso de Formación

El proceso, los contenidos, la cantidad de días y/o horas, y toda la información necesaria para postular y recibir la certificación son detalladas en las páginas web de cada formación en el sitio www.angm.cl.

Es importante tener conocimiento que el formato educacional está basado en el desarrollo y aprendizaje experiencial con importantes requisitos de práctica deportiva previa para su ingreso.

Durante todo el proceso formativo los participantes deberán regirse por los “reglamentos vigentes” de la ANGM, además de dar fiel cumplimiento al “código de ética y conducta”.

Resumen del proceso formativo ANGM

EXAMEN DE INGRESO
MÓDULO FUNDAMENTALES
MÓDULO TERRENO
PRÁCTICA PROFESIONAL Y EXAMEN FINAL
GUÍA DE TREKKING
EXAMEN DE INGRESO
MÓDULO PEDAGOGÍA APLICADA A LA FORMACIÓN DEPORTIVA
MÓDULO INVERNAL
MÓDULO ALTITUD
EXAMEN FINAL
PRÁCTICA PROFESIONAL Y EXAMEN FINAL
GUÍA DE MONTAÑA
EXAMEN DE INGRESO
MÓDULO RESCATE EN PARED
MÓDULO ESCALADA MULTILARGO
MÓDULO CUERDA CORTA
PRÁCTICA PROFESIONAL Y EXAMEN FINAL
GUÍA DE ESCALADA EN ROCA
EXAMEN DE INGRESO
MÓDULO TÉCNICA PISTA Y NIVOLOGÍA
MÓDULO ESQUÍ DE MONTAÑA
PRÁCTICA PROFESIONAL Y EXAMEN FINAL
GUÍA DE ESQUÍ DE MONTAÑA
MÓDULO DE ALTA MONTAÑA:
PROGRESIÓN GLACIAR
ESCALADA EN HIELO
ESCALADA ALPINA
ASPIRANTE GUÍA DE ALTA MONTAÑA
PASAJE A GUÍA ESTIVAL
PASAJE A GUÍA INVERNAL
PRÁCTICA PROFESIONAL
GUÍA DE ALTA MONTAÑA

© Asociación Gremial Nacional de Guías de Montaña

Documento de Conocimiento y Aceptación de Riesgos, Términos y Condiciones

Como requisito obligatorio para participar en cualquiera de las formaciones impartidas por la ANGM, todo postulante deberá leer y suscribir el documento denominado “Conocimiento y Aceptación de Riesgos, Términos y Condiciones”. La participación y permanencia en los procesos formativos impartidos por la ANGM suponen el conocimiento y aceptación de dicho documento, en todos sus términos, mientras se mantenga la calidad de alumno.

Este instrumento forma parte integrante del marco normativo aplicable a las formaciones ANGM y complementa lo establecido en el presente Reglamento, regulando materias relacionadas con la aceptación de los riesgos inherentes a las actividades formativas en ambiente de montaña, las obligaciones del participante, el tratamiento de información personal y de salud, el uso de registros audiovisuales y contenidos generados en el proceso formativo, los aspectos administrativos asociados y el régimen económico aplicable a los procesos formativos.

En particular, el participante declara conocer y aceptar que los pagos asociados a módulos formativos, exámenes o procesos de certificación se rigen por lo establecido en el Reglamento de Formaciones y en la información publicada en el sitio web institucional; que la exclusión del proceso o el retiro voluntario no implica automáticamente derecho a devolución, salvo disposición expresa en contrario; y que el cumplimiento oportuno de los pagos constituye requisito indispensable para la participación, continuidad y término del proceso formativo. Asimismo, declara conocer y aceptar que, en caso de que por causas ajenas a la ANGM —incluyendo, entre otras, restricciones de acceso a terrenos, condiciones impuestas por terceros, contingencias logísticas externas, disposiciones de autoridad o situaciones ambientales imprevistas— sea necesario modificar la planificación original de un módulo formativo (fechas, ubicación, logística o condiciones de ejecución), los costos adicionales que dichas modificaciones generen deberán ser asumidos por los participantes, en la proporción que corresponda, como condición para la continuidad del proceso formativo.

En caso de discrepancia entre lo dispuesto en este Reglamento y el documento de Conocimiento y Aceptación de Riesgos, prevalecerá lo establecido en el presente Reglamento. Las materias no contempladas expresamente en ambos instrumentos serán resueltas por el Directorio de la ANGM, en ejercicio de sus atribuciones estatutarias, mediante acuerdo adoptado en sesión formal y registrado en acta.

Requisitos para poder ingresar como alumno a las formaciones de especialidad de la ANGM

Para cada formación se definen los requisitos de ingreso en relación a la certificación que se busca alcanzar. Sin embargo para todas ellas se debe ser mayor de 18 años de edad con enseñanza media completa, contar con experiencia previa en la actividad a certificar y contar al momento de postular con un mínimo de un 80% de las actividades requeridas. Se debe presentar también un certificado de antecedentes penales, certificado o declaración de salud compatible con la actividad, certificado vigente de curso de primeros auxilios en áreas agrestes de al menos 80 horas, y certificado de registro vigente de Sernatur como guía general o en la clase que corresponda según la formación a realizar.

Postulante, Cursando formación, Aspirante, Guía

Se define como “Postulante” a quienes envíen sus antecedentes para participar de una formación serán postulantes, aprueben el o los exámenes de ingreso, y participen de los correspondientes módulos formativos. Durante este proceso los postulantes se encuentran “cursando formaciones ANGM”.

El grado de “Aspirante” se obtiene al cursar y aprobar los tres módulos de la formación de Alta Montaña.

El título de “Guía” se entrega a los postulantes o aspirantes que han consolidado su formación según los requisitos establecidos en cada una de ellas.

Ingresos excepcionales

De manera excepcional para las formaciones de “Guía de Escalada en Roca” y/o “Guía de Esqui de montaña” se evaluarán las solicitudes de aquellos postulantes que no posean la certificación de Guía de Montaña ANGM o similar, pero que tengan:

  1. Experiencia deportiva en montañismo (100% del curriculum deportivo de postulación a Guía de Montaña ANGM). Adjuntar como anexo al momento de enviar la documentación de postulación a la formación de guía de escalada en roca o guía de esquí de montaña.
  2. Experiencia profesional en guiado demostrable (curriculum vitae). Para ello deberán enviar estos antecedentes adicionales al momento de postular, para ser sus casos evaluados uno a uno y determinar si corresponde aplicar el ingreso excepcional.
  3. Realizar la solicitud de ingreso durante el periodo regular de postulación ANGM, entre diciembre y marzo.
  4. El análisis y la resolución de las solicitudes de ingreso excepcional serán competencia del Comité Técnico (CT) de la ANGM. Para ello, el CT evaluará los antecedentes presentados conforme a los criterios establecidos en los reglamentos vigentes, pudiendo requerir información complementaria si lo estima pertinente. La decisión deberá quedar debidamente fundamentada y registrada, y tendrá carácter definitivo e inapelable, determinando si el postulante es admitido o no bajo la modalidad de ingreso excepcional.

El ingreso excepcional implica cursar de manera simultánea ambas formaciones, sin posibilidad de suspender la de menor especialización para continuar únicamente con la de mayor. Esta modalidad requiere asumir las correspondientes inversiones de tiempo y recursos económicos. Además, es requisito obligatorio iniciar con el módulo “Fundamentales, Pedagogía y Montaña Estival” de la formación Guía de Montaña ANGM. Solo una vez aprobado dicho módulo podrá continuar de manera paralela con los demás módulos formativos que correspondan.

La aprobación de los módulos y del examen final de la formación “Guía de Montaña ANGM” constituye requisito habilitante para la continuidad de cualquier otro proceso formativo bajo la modalidad de ingreso excepcional. En caso de no aprobar alguno de los módulos exigidos o el Examen Final, el postulante no podrá continuar cursando módulos paralelos ni avanzar en la formación de “Guía de Escalada en Roca” y/o “Guía de Esquí de Montaña”, quedando suspendido su proceso formativo hasta regularizar y aprobar los requisitos académicos pendientes de la formación base.

Reconocimiento de formaciones previas para ingresos excepcionales: adicionalmente y dependiendo de:

a) Perfil

b) Formación acreditable (certificados)

c) Experiencia del postulante

Es posible realizar una homologación de los módulos “Montaña invernal” y/o “Montaña en altitud” de la formación de guía de montaña ANGM. Sin embargo será requisito para todo ingreso excepcional el cursar y aprobar al menos:

a) el “Módulo de Fundamentales y Pedagogía”;

b) y el “Examen final” de la formación de Guía de Montaña ANGM.

Para quienes opten por la homologación de uno o dos módulo la entrega de la certificación de “Guía de Montaña ANGM” ocurrirá exclusivamente al momento de completar los requisitos de egreso y titulación de la certificación de “Guía de Esquí o Escalada en Roca”, según corresponda recibirán la certificación de “Guía de Montaña ANGM”.

Metodología de Evaluación

La evaluación de cada módulo es continua durante la etapa formativa y se verifica formalmente en la etapa evaluativa en terreno. Durante la etapa formativa, los instructores evalúan de forma permanente el desempeño de cada cursante, con especial énfasis en la Actitud Profesional y en la Seguridad y Gestión del Riesgo, considerando además su evolución individual a lo largo del proceso.

Si durante la etapa formativa no se observa progreso, o se detectan deficiencias que comprometen la seguridad, el cuerpo de instructores puede condicionar la continuidad del cursante en el módulo o en la formación, conforme al procedimiento establecido en la Metodología de Evaluación ANGM.

Al término de la etapa formativa se realizan salidas a terreno íntegramente evaluadas, en las que el cursante debe demostrar las competencias desarrolladas. Para acceder a esta etapa evaluativa, el cursante debe haber alcanzado un dominio suficiente en cada Unidad de Competencia transversal durante la etapa formativa.

La evaluación se organiza en torno a cuatro Unidades de Competencia transversales, comunes a todos los módulos y formaciones: Actitud Profesional, Seguridad y Gestión del Riesgo, Desempeño Técnico y Planificación. A ellas se suman los aspectos específicos de cada módulo, definidos en su instrumento de evaluación según la disciplina. Algunos módulos contemplan además evaluaciones puntuales —pruebas prácticas, demostraciones u otras instancias—, cuya aprobación es independiente y obligatoria.

Los resultados se comunican a los cursantes mediante niveles de dominio: Dominio suficiente, Dominio parcial y Dominio insuficiente. Estos niveles se determinan a partir de la escala numérica interna en la pauta de evaluación.

Nota Nivel Descripción del desempeño observado
10 Excelente Sin errores. Dominio total, máxima autonomía y fluidez.
9 Sobresaliente Sobre el estándar, con detalles menores de forma.
8 Muy bien Cumple el objetivo. Desviaciones menores sin comprometer la seguridad.
7 Bien Cumple el objetivo. Imprecisiones leves sin afectar el resultado.
6 Satisfactorio Cumple el mínimo. Mejoras necesarias que no afectan la seguridad directa.
5 Deficiente No cumple el objetivo aunque no compromete la seguridad. Dudas al decidir.
4 Mal Se atasca en terreno. No sabe qué decisión tomar al ser consultado.
3 Muy mal Compromete la seguridad del grupo.
2 Inaceptable El instructor debe intervenir para evitar un accidente.
1 No se presenta El cursante no se presenta a la evaluación.
Resultado Nota equivalente Definición oficial
Dominio suficiente ≥ 6 El cursante demuestra el nivel de dominio requerido en las competencias evaluadas.
Dominio parcial 5 El cursante demuestra un nivel de dominio parcial en las competencias evaluadas y requiere reforzamiento técnico específico.
Dominio insuficiente ≤ 4 El cursante no demuestra el nivel mínimo de dominio requerido en las competencias evaluadas.

A partir de estos niveles, el resultado del cursante en el módulo se clasifica en tres categorías. Aprobado: alcanza dominio suficiente en todas las Unidades de Competencia y aprueba las evaluaciones específicas del módulo. Condicionado: alcanza dominio parcial en una o más Unidades de Competencia, sin dominio insuficiente en ninguna; rinde una evaluación recuperatoria limitada a los aspectos no superados, sin repetir el módulo completo, y de no superarla obtiene resultado de Reprobado. Reprobado: presenta dominio insuficiente en una o más Unidades de Competencia, o no aprueba una evaluación específica, y debe cursar el módulo nuevamente, salvo las excepciones previstas en la Metodología. No existe compensación entre Unidades de Competencia.

Resultado Condición
Aprobado El cursante demuestra un dominio suficiente al obtener nota ≥ 6 en todas las Unidades de Competencia evaluadas y aprueba todas las evaluaciones específicas del módulo.
Condicionado El cursante con dominio parcial obtiene nota 5 en una o más Unidades de Competencia, sin obtener notas ≤ 4 en ninguna. Debe rendir evaluación recuperatoria únicamente en los aspectos donde no alcanzó el estándar. No repite el módulo completo.
Reprobado El cursante con dominio insuficiente obtiene una nota igual o inferior a 4 en una o más Unidades de Competencia, o no aprueba una o más evaluaciones específicas del módulo.
Como regla general, debe cursar el módulo completo nuevamente, independientemente de los aspectos en los que haya demostrado dominio. Cualquier excepción deberá estar expresamente definida en el instrumento de evaluación o ser autorizada a solicitud de los instructores por el Director Técnico.

El detalle del sistema —criterios, instrumentos, umbrales y procedimientos— se rige por la Metodología de Evaluación ANGM en su versión vigente.

Comisión examinadora y/o evaluadora

Para todos los procesos de evaluación se requerirá de un mínimo de dos miembros. Uno de ellos será el Instructor Encargado de Módulo y el otro será designado para la ocasión. Uno de los dos miembros que conforman la comisión evaluadora, debe ser parte de la Comisión Técnica de la ANGM. Los dos miembros examinadores tendrán a su cargo la evaluación del módulo correspondiente. La cantidad de evaluadores variará en relación a la cantidad de participantes en la evaluación.

En caso de que alguno de los miembros de la comisión evaluadora no pueda presentarse al total de las pruebas de evaluación, podrá ser reemplazado por otro Instructor designado por el Instructor Encargado de Módulo o de la prueba de admisión.

También se podrá evaluar con un solo instructor actividades como recuperatorios de evaluaciones pendientes de los alumnos que no logren aprobar alguno de los módulos.

Recursado de materias

Los resultados posibles en cada módulo son:

  • Aprobado: nota ≥ 6 en todas las Unidades de Competencia evaluadas y aprueba todas las evaluaciones específicas del módulo.
  • Condicionado: nota 5 en una o más Unidades de Competencia, sin notas ≤ 4. Debe rendir evaluación recuperatoria en los aspectos donde no alcanzó el estándar. Si no la supera, el resultado es Reprobadoón.
  • Reprobado: nota ≤ 4 en una o más Unidades de Competencia, o no aprueba una evaluación específica, o no alcanzó el 80% de asistencia. Debe cursar el módulo completo nuevamente.

El detalle del proceso evaluativo y los procedimientos aplicables se rigen por la Metodología de Evaluación ANGM (versión vigente).

Límite de tiempo para completar la formación y la aprobación de los módulos / bloques

En cada formación se definirá el tiempo máximo para que un alumno complete su formación. En caso de que el alumno se vea imposibilitado de cumplir con los plazos anteriormente descritos a razón de situaciones particulares, el alumno deberá presentar su caso de la dirección técnica de la ANGM mediante correo electrónico al menos un mes antes de vencer el plazo indicando los motivos por lo cual no puede concluir la formación y/o evaluaciones correspondientes, para que la DT-ANGM considere la posibilidad de otorgar una prórroga especial.

De igual manera, si por parte de la ANGM por las razones que sean no se realizan las formaciones con la periodicidad que se requiere, los límites de tiempo para completar las formaciones serán automáticamente extendidos previa comunicación escrita con los afectados por parte de la ANGM.

En el caso de las formaciones de especialidades de Escalada en Roca y/o Esquí, aquellos interesados en continuar con la formación de Guía de Alta Montaña, tendrán un plazo de unos diez años, a partir de la culminación de su especialización, para poder aplicar y completar los módulos faltantes para su formación como Guía de Alta Montaña. Si el postulante quiere realizar su formación fuera de este plazo, deberá realizar la formación completa.

Sobre las modificaciones o cambios en los módulos de las formaciones

Los programas de cualquiera de los módulos o bloques de las formaciones pueden sufrir modificaciones dependiendo de condiciones variables, como lo pueden ser condiciones climáticas, estado de la montaña, y otras relacionadas con la organización por ejemplo. Este puede variar en forma parcial o total. El director y staff de instructores siempre harán el máximo posible para cumplir con el programa propuesto. En el caso que no se logre desarrollar una cierta cantidad de contenido del programa, es posible que dicho módulo sea extendido o en caso de extrema necesidad, se realice una instancia más de curso en fecha estipulada en común acuerdo entre el plantel de instructores y alumnos con los costos asociados que puedan ocurrir.

Requisitos de Titulación

Son requisitos para titularse y recibir la certificación:

  • El haber aprobado todos los módulos en el periodo de tiempo indicado en la descripción de la formación.
  • Haber completado las prácticas profesionales dirigidas, las cuales son requeridas en la descripción de la formación.
  • Contar con registro vigente en Sernatur como Guía General o Especializado u otra clase de especialización.
  • Encontrarse al día con las obligaciones sociales de la Asociación: para guías miembros, cuotas al día; para guías en formación, con la cuota de incorporación pagada.
  • Encontrarse al día con los pagos correspondientes a la formación.
  • Cualquier otro requisito indicado en las páginas web de la formación que se encuentra publicada en www.angm.cl.

Las actas y certificados de títulos digitales de las formaciones se envían por correo electrónico una vez concluido el proceso de consolidación (prácticas, y cumplimiento documental, de pagos, y otros relacionados).

La reemisión de certificados o títulos se solicita mediante correo electrónico y tiene un costo de 1 UF. Para realizar este trámite, el solicitante debe ser miembro activo de la Asociación y adjuntar el comprobante de transferencia correspondiente. El certificado o título será enviado en formato PDF al correo electrónico del solicitante.

Prácticas Profesionales

El objetivo de las prácticas profesionales es permitir que los alumnos apliquen en terreno real los conocimientos adquiridos durante los cursos, en contextos reales de guiado, y que sean evaluados en su desempeño, ya en rol de guías y no como estudiantes.

Las prácticas pueden desarrollarse de dos formas:

  • Con supervisión directa, acompañando a guías certificados en la misma especialidad o en una de mayor nivel de especialización que la que cursa el postulante. Este tipo de práctica debe representar al menos el 70% del total de actividades exigidas.
  • Con supervisión indirecta, mediante trabajo subcontratado por empresas debidamente registradas en SERNATUR, y que ofrezcan servicios correspondientes a la especialidad en formación .

Las prácticas deben cumplir con lo establecido en cada formación, siendo común para todas que al menos un 75% de las actividades presentadas deben corresponder a labores de guiado, mientras que actividades de instrucción, enseñanza u otras funciones no pueden superar el 25% del total. Se requiere variedad en el tipo de actividades o locaciones.

Las actividades válidas para acreditar prácticas pueden realizarse una vez finalizados y aprobados los módulos correspondientes. Solo se aceptarán prácticas relacionadas con los módulos ya cursados y aprobados. No se permitirá acreditar actividades que involucren habilidades u objetivos de aprendizaje de módulos no cursados o no aprobados.

Requisitos para mantener vigente la certificación

Para mantener vigente la certificación de Guía de Alta Montaña UIAGM/ANGM, Roca ANGM, Esquí ANGM, Montaña ANGM y Trekking ANGM, es requisito participar de un taller de actualización y reciclaje cada dos años, además de mantener las obligaciones sociales al día. Se permitirá un máximo de cinco años sin participar en estas actualizaciones, una vez pasado ese tiempo, se suspenderá la certificación correspondiente hasta realizar la actualización.

Homologaciones

La ANGM realizó homologación de certificación de “Guía de Montaña ANGM” durante los años 2019, 2020, 2021 y 2023. Estos procesos se fundamentaron y gestaron por la necesidad de nivelar y estandarizar a quienes se encontraban trabajando profesionalmente, y se habían logrado formar en alguno de los procesos que existieron a nivel nacional previos al año 2019, los que fueron esporádicos y sin continuidad. A partir del año 2024 la ANGM sólo convalidará a solicitud del interesado las certificaciones:

  • “UIAGM” de guías formados en aquellos países “no esquí” como lo son: Perú, Bolivia, Ecuador, y Nepal , solo podrán optar por la certificación de “Guía de Escalada en Roca” y “Guía de Montaña ANGM”, luego de realizar un proceso de convalidación y estandarización de protocolos y maniobras de trabajo. Para recibir la certificación de “Guía de Alta Montaña UIAGM/ANGM”, deben realizar los módulos de esquí correspondientes. Además se deben registrar en Sernatur bajo las especialidades que ameriten.
  • “UIAGM” de guías formados en países con formación completa, solo deberán realizar el proceso de convalidación correspondiente para recibir la certificación de “Guía de Alta Montaña UIAGM”. Además se deben registrar en Sernatur bajo las especialidades que lo ameriten.
  • UIMLA obtenida en el extranjero se podrá convalidar como Guía de Montaña ANGM cuando se cumpla con el 100% del currículum de postulación y se participé y aprueben los exámenes de los módulos de la formación y de él examen final (convalidación de módulos sujeta a evaluación de la postulación).
  • “IML ACGM/CEM” como “Guía de Montaña ANGM”.
  • La validación de otras certificaciones obtenidas en el extranjero serán evaluadas a mérito, previa solicitud escrita realizada por el interesado al correo dt@angm.cl.

Toda certificación que se homologue o convalide implica que el interesado se encuentre y mantenga vigente como asociado de la ANGM.x